Variaciones

Entradas Recientes

Archivos

Junio 27, 2008 @ 1:53

Flipo (I): el canon lleva IVA

Como me temo que utilizaré esa expresión en más ocasiones, las numeraré.

Veo en el blog de Enrique Dans que al canon se le aplica el IVA. No tengo palabras.

De verdad, no las tengo.

Actualización: por lo visto, la factura esa debe ser errónea o falsa, porque el canon en realidad lo cobran a los fabricantes. Otra cosa es que lo repercutan en el precio (evidentemente).  Y así al final nos lo tragamos con IVA.

Lo que no tiene sentido (y de ahí mi sorpresa) es que sobre una tasa apliquen otro impuesto… Vamos que por lo que sé eso es ilegal.  ¿Alguien experto que pase por aquí y me lo aclare un poco?

Archivado bajo General

2 Comentarios »

  1. Publicado por yopoco

    Julio 5, 2008 @ 11:03

    ¿y ahora te enteras? Lo ha llevado toda la vida, desde las cintas vhs

  2. Publicado por Juan

    Agosto 12, 2008 @ 9:49

    Buenos días

    El canon lleva IVA porque es un costo que repercute en el precio final de un artículo, y no un impuesto como he leído muchas veces por ahí. Es parecido a los gastos de envío. Si tú mandas un paquete por correo, que supuestamente, no lleva IVA, en la factura que envíes al comprador tienes que poner el coste del artículo, el resto de costes asociados (manipulación si la hay, transporte) y la suma de todo eso es la base imponible. A la base imponible le aplicas el IVA y de sumar esos números sale el total.

    Con respecto al desglose del canon, hay que distinguir entre obligado al pago y entidad que debe pagar el impuesto. El canon se aplica al usuario final del CD, por ejemplo, que es el que va a grabar música. El fabricante se limita a fabricar y a vender, pero no es él el que graba música, así que no puede ser el fabricante el que hace la operación sujeta a canon, sino el usuario que graba con su ordenador. Sin embargo, el obligado a ingresar el dinero a la SGAE son tanto fabricantes como importadores. Es una cuestión práctica, parecida al IVA. El IVA es un impuesto que paga el consumidor final, no la empresa. Pero la empresa vendedora es la obligada a ingresar el dinero en Hacienda. Es más fácil (y hay menos fraude) que pague el vendedor el IVA de todos sus clientes que cada uno de sus cientos de clientes vaya a Hacienda a pagar su IVA.

    Por ello, cualquier persona puede ir a una tienda y exigir un desglose de los conceptos de pago. Así, si compro 50 CD, tengo derecho a que me desglosen el coste del artículo, el canon LPI y el IVA. Completamente normal: eres tú el que paga esos conceptos y los fabricantes se limitan a repercutírtelo.

    Espero haber aclarado algo. Un saludo.

    Juan.

RSS para los comentarios de esta entrada · TrackBack URI

Deja un Comentario

Sobre

Demasiado tiempo sin decir ni pío. Y ahora, de repente, toca contar un montón de cosas.
Lee más...

Categorías

Enlaces